De esta manera, el incremento para el periodo enero-agosto será de 44%. Desde el Ejecutivo aseguran que el porcentaje se revisará si la inflación sigue subiendo.
Tras el rechazo del Sindicato Unido de Trabajadores de la Educación (SUTE) a la propuesta del Ejecutivo, el gobernador Rodolfo Suarez avanzó en el incremento por decreto. Lo había anunciado el pasado viernes, pero restaba la publicación de la medida en el Boletín Oficial, lo que ocurrió este lunes.
En los considerandos del decreto se hace referencia al «impacto de la inflación sobre el poder adquisitivo de los salarios» y que «a partir del segundo trimestre del 2022, la situación económica del País se deterioró considerablemente empeorando aún más el índice anual de inflación».
También detalla que le presentó al SUTE diferentes propuestas, que fueron rechazadas «sin ponerla a consideración de sus representados».
En tal sentido, agrega que “es prioridad del Poder Ejecutivo otorgar un incremento salarial frente a la compleja situación económica actual”, y que la medida “implica el otorgamiento de un incremento salarial en los primeros siete meses del año entre enero y agosto del 44% promedio para los agentes del sector”.
Finalmente, se menciona que “frente a la inestable e incierta situación actual el Poder Ejecutivo revisará, en la medida que resulte necesario, los incrementos salariales otorgados a fin de sostener el bienestar de los trabajadores”.
En detalle
A los agentes del escalafón docente y celadores se les otorga un incremento sobre la asignación de clase (Ítem 1003) vigente al 31 de diciembre de 2021 conforme el siguiente cronograma:
- 12% en agosto 2022
- 6% en septiembre de 2022
- 6% en octubre de 2022
- 6% en noviembre de 2022
El decreto menciona que los porcentajes expresados son no acumulables, aplicables sobre la base fija de diciembre de 2021 e incluyen los incrementos otorgados por el Decreto 396/22, ratificado por Ley 9400 y el otorgado por el Decreto 1225/22.
A los docentes se les otorga un incremento sobre el Estado Docente (Ítem 1313) vigente al 31 de diciembre 2021, conforme el siguiente cronograma:
- 25% en agosto 2022
- 7% en septiembre de 2022
- 6% en octubre de 2022
- 6% en noviembre de 2022.
Los porcentajes expresados son no acumulables, aplicables sobre la base fija de diciembre de 2021.
A los celadores se les otorga un incremento sobre el Ítem 3097 Convenio Celadores Paritaria 2008 y sobre el Adicional Celadores Paritaria 2008 (Ítem 1423) vigente al 31 de diciembre de 2021, conforme el siguiente cronograma:
- 25% en agosto 2022
- 7% en septiembre de 2022
- 6% en octubre de 2022
- 6% en noviembre de 2022
Los porcentajes expresados son no acumulables, aplicables sobre la base fija del mes de diciembre de 2021 e incluyen los incrementos homologados por Decreto 396/22 ratificado por Ley 9400 y el otorgado por Decreto 1225/22.